Sancionada Ley Orgánica de los Consejos Comunales
Entre las bondades de este nuevo instrumento jurídico destacan la desaparición del Banco Comunal suplantado por la Unidad de Administración Financiera, que elimina a las cooperativas, y que las faculta para administrar en forma directa los recursos financieros que reciban los Consejos Comunales
La Ley Orgánica de los Consejos Comunales fue sancionada en horas de la tarde de este jueves, durante la sesión ordinaria del Parlamento Nacional, el instrumento fue propuesto por la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, descentralización y Desarrollo Regional, presidida por el diputado Darío Vivas.
El diputado Vivas, presidente de la Comisión señaló que la instancia que preside decidió dar el carácter de Ley orgánica en virtud de que la misma, norma la organización del pueblo de abajo hacia arriba y al mismo tiempo, norma un Derecho fundamental como es el de la participación.
Por su parte, el diputado Alfredo Murga, miembro de la citada instancia legislativa especificó que los Consejos Comunales tendrán las funciones que la propia ley le atribuye como promotores del Poder Popular y gestores de la acción pública como entidad de gobierno y autogobierno democrático y participativo.
Asimismo, durante el debate, sostuvo, que con la reforma a la norma se está reforzando esos conceptos y las atribuciones, lo que indica que aprobaremos un buen proyecto de ley que ha sido lo suficientemente consultado.
Ley Orgánica
De acuerdo con el artículo 203 de la Constitución de 1999: “Son leyes orgánicas las que así denomina esta Constitución; las que se dicten para organizar los poderes públicos o para desarrollar los derechos constitucionales y las que sirvan de marco normativo a otras leyes.
Todo proyecto de ley orgánica, salvo aquel que esta Constitución califique como tal, será previamente admitido por la Asamblea Nacional, por el voto de las dos terceras partes de los integrantes presentes antes de iniciarse la discusión del respectivo proyecto de ley. Esta votación calificada se aplicará también para la modificación de las leyes orgánicas.
El presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, diputado Darío Vivas, expresó que el carácter orgánico de la ley fue producto de un amplísimo debate en el Parlamentarismo Social de Calle, lo que le lleva a sostener que ha sido consultada en todos los rincones de Venezuela.
En este sentido, precisó que se sistematizaron 2.474 instrumentos de consulta aplicados en todo el territorio nacional, con un aproximado de 61.850 voceros y voceras de los 30 mil consejos comunales consultados, donde el nivel de aceptación de la nueva ley fue de 95% a lo propuesto en primera discusión.
Dijo que tiene carácter orgánico porque está desarrollando un derecho constitucional, como lo es el de la participación basada en el artículo 203 de la Constitución.
Antv Noticias/JTB
Jueves, 26 de Noviembre de 2009
CONSEJO COMUNAL DEL BARRIO 24 DE JULIO, PARROQUIA DOMITILA FLORES,MCPIO. SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA.
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jueves, 26 de noviembre de 2009
martes, 17 de noviembre de 2009
RESULTADOS DE DELEGADOS PSUV - ZULIA
Directiva Nacional anunció resultados
Miembros de bases del PSUV escogieron delegados para el Congreso Extraordinario las 12:36 am de este lunes se leyeron los nombres de los 772 delegados y delegadas escogidos por los militantes socialistas en elecciones inéditas / Jorge Rodríguez expresó, que el proceso electoral se realizó en total normalidad y absoluta transparencia
Jorge Rodríguez, integrante del Partido Socialista Unido de Venezuela, en nombre de la directiva nacional del buró político, anunció a las 12:36 am de este lunes, los resultados de la elección de 772 delegados del Congreso del PSUV en los 735 municipios del país.
Miembros de bases del PSUV escogieron delegados para el Congreso Extraordinario las 12:36 am de este lunes se leyeron los nombres de los 772 delegados y delegadas escogidos por los militantes socialistas en elecciones inéditas / Jorge Rodríguez expresó, que el proceso electoral se realizó en total normalidad y absoluta transparencia
Jorge Rodríguez, integrante del Partido Socialista Unido de Venezuela, en nombre de la directiva nacional del buró político, anunció a las 12:36 am de este lunes, los resultados de la elección de 772 delegados del Congreso del PSUV en los 735 municipios del país.
Manifestó que el Consejo Nacional Electoral totalizó 100 por ciento de los resultados.
Expresó su agradecimiento al pueblo heroico, hermano y generoso, "al pueblo que pintó de rojo cada uno de los rincones de la patria, haciendo historia con el buen ejemplo de democracia verdadera y revolucionaria".
Rodríguez afirmó que el proceso se realizó sin ningún tipo de problemas ni percances que lamentar. "Los militantes socialistas escogieron sus representantes y delegados con total normalidad".
Anunció que el Congreso del PSUV será instalado el próximo 21 de noviembre de 2009.
Exaltó el trabajo de las patrulleras y patrulleros en las mesas de votación en todos los estados de Venezuela, y "evaluaron acerca de quién tenía los requisitos más idóneos para ser delegados y delegadas".
La directiva nacional agradeció al Consejo Nacional Electoral por el respaldo y apoyo logístico, para que el evento se realizara con total transparencia.
Los delegados y delegados electos por entidad federal, son los siguientes:
Expresó su agradecimiento al pueblo heroico, hermano y generoso, "al pueblo que pintó de rojo cada uno de los rincones de la patria, haciendo historia con el buen ejemplo de democracia verdadera y revolucionaria".
Rodríguez afirmó que el proceso se realizó sin ningún tipo de problemas ni percances que lamentar. "Los militantes socialistas escogieron sus representantes y delegados con total normalidad".
Anunció que el Congreso del PSUV será instalado el próximo 21 de noviembre de 2009.
Exaltó el trabajo de las patrulleras y patrulleros en las mesas de votación en todos los estados de Venezuela, y "evaluaron acerca de quién tenía los requisitos más idóneos para ser delegados y delegadas".
La directiva nacional agradeció al Consejo Nacional Electoral por el respaldo y apoyo logístico, para que el evento se realizara con total transparencia.
Los delegados y delegados electos por entidad federal, son los siguientes:
En el Zulia
- Héctor Navas
- Samuel Contreras
- Norberto Macías
- Adelis Navas
- Félix Bracho
- Lisandro Cabello
- Francisco Colmenares
- Dinorah Cuencas
- Jojameily Rojas
- Elizabeth Hernández
- Nelson Mora
- Willmer Ariza
- María Malpica
- Ángel Hernández
- Deriza Acosta
- Luis Ruda
- Danilo Añez
- Adrián Troconis
- Sammy Salas
- Freddy Guevara
- Jhonny Bracho
- Maira Zamora
- Evon de Morillo
- Roberto Sandoval
- Nectario Sánchez
- Dixon Rivera
- Soraya Rosas
- Willmer Bastidas
- Vidal Spluga
- Mireya Fernández
- Juan Mindiola
- Enzo Hernández
- Belinda Puche
- Neuro Guerrero
- Oslanda Altuve
- Jesús Luzardo
- Belbis Olano
- Henry Ramírez
- Ana Barboza
- Mario Isea
- José Acosta
- José Vielma
- Alfredo Mujica
- Yaquelín Pirela
- César Paredes
- Emmanuel Pulgar
- Arnoldo Olivares
- Betty Cifuentes
- José Sierra
- Andrés León
- Jenny Cedeño
- Carlos Martínez
- Hedder Chávez
- Raffid Souki
- Nelson Araujo
- Dorelis Echetto
- Magdely Balbuena
- Luis Pérez
- Nelson Canquis
- Mileidi Peralta
- Egda Vílchez
- Norki Sáez
- Laura Daza
- Eloy Martínez
- Levy Reyes
- Aris Maduro
- Zenayda Fernández
- Eliseo Vargas
- Tiberio Bermúdez
- Gedder Martínez
- Alfredis Escandela
- Jesús Herrera
- María Beltrán
- Vicenta Morillo
- Luz Maira Rodríguez
- Nora González
- Eduardo Labrador
- Damelis Chávez
- Ángela Fernández
- Janeth Hernández
- Dirwin Arrieta
- Juvenal Castro
- Edita Alvarado
- Eusebio Maldonado
- Suyín Olivares
- Ramón Isea
- Rafael Hernández
- Aleida Cardozo
- Yanoris Molero
- Edson Querales
- Izquiel Osorio
- Javier Briceño
- Lenín Álvarez
(VTV)
jueves, 12 de noviembre de 2009
LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES
Aprobados 13 nuevos artículos de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales
También la plenaria de la Asamblea Nacional, sancionó Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre el Funcionamiento del Foro de Países Exportadores de Gas y del Estatuto del Foro de Países Exportadores de Gas (Gecf)
La plenaria de la Asamblea Nacional en la continuación de la segunda discusión de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales aprobó este martes 13 nuevos artículos de la mencionada norma.
Durante la sesión fueron debatidos y aprobados los referente a la elección, duración y reelección, carácter voluntario, deberes y, requisitos de los voceros y voceras, donde se establece que la elección se realizará de manera uninominal, y los que resulten electos duraran dos años en sus funciones.
Así mismo, se consideró lo relativo al acta constitutiva, registro, donde los consejos comunales constituidos y organizados deberán registrarse ante el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana.
En el artículo 19 se establece la integración de los consejos comunales, y la misma es: a) la Asamblea de Ciudadanos (as) , b) el Colectivo de Coordinación Comunitaria, c) la Unidad Ejecutiva, d) la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y, e) la Unidad de Contraloría Social.
La Asamblea de Ciudadanos (as) es la máxima instancia de deliberación para el ejercicio del poder comunitario, la participación y el protagonismo popular, y la misma estará conformada por los habitantes de la comunidad mayores de 15 años, donde la decisiones serán tomadas por mayoría simple de los asistentes a la asamblea siempre que la misma cuente con un quórum mínimo del 30% de sus integrantes en la primera convocatoria y del 20% en la segunda convocatoria
También la plenaria de la Asamblea Nacional, sancionó Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre el Funcionamiento del Foro de Países Exportadores de Gas y del Estatuto del Foro de Países Exportadores de Gas (Gecf)
La plenaria de la Asamblea Nacional en la continuación de la segunda discusión de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales aprobó este martes 13 nuevos artículos de la mencionada norma.
Durante la sesión fueron debatidos y aprobados los referente a la elección, duración y reelección, carácter voluntario, deberes y, requisitos de los voceros y voceras, donde se establece que la elección se realizará de manera uninominal, y los que resulten electos duraran dos años en sus funciones.
Así mismo, se consideró lo relativo al acta constitutiva, registro, donde los consejos comunales constituidos y organizados deberán registrarse ante el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de participación ciudadana.
En el artículo 19 se establece la integración de los consejos comunales, y la misma es: a) la Asamblea de Ciudadanos (as) , b) el Colectivo de Coordinación Comunitaria, c) la Unidad Ejecutiva, d) la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y, e) la Unidad de Contraloría Social.
La Asamblea de Ciudadanos (as) es la máxima instancia de deliberación para el ejercicio del poder comunitario, la participación y el protagonismo popular, y la misma estará conformada por los habitantes de la comunidad mayores de 15 años, donde la decisiones serán tomadas por mayoría simple de los asistentes a la asamblea siempre que la misma cuente con un quórum mínimo del 30% de sus integrantes en la primera convocatoria y del 20% en la segunda convocatoria
martes, 10 de noviembre de 2009
Listo informe de reforma a Ley de Consejos Comunales
Con la aprobación de la Ley de Consejos Comunales, se elimina el Banco Comunal y crea la Unidad de Administración Financiera, que elimina a las cooperativas, y que las faculta para administrar en forma directa los recursos financieros que reciba el Poder Popular
La reforma de la Ley de los Consejos Comunales que estudia la Comisión del Poder Ciudadano y que está en discusión en la Asamblea Nacional (AN), le dará más atribuciones para participar en las asambleas de ciudadanas y ciudadanos, informó este lunes el diputado, Alfredo Murga, miembro del ente parlamentario.
Indicó, que hay otras atribuciones que tienen que ver con la administración de los mismos que elimina al Banco Comunal y crea la Unidad de Administración Financiera, que elimina a las cooperativas, y que las faculta para administrar en forma directa los recursos financieros que reciban los Consejos Comunales.
Comentó, igualmente, que está la reforma de todo el sistema de registro que le compete a los Consejos Comunales, agilizar los trámites, tanto del registro, como de la asignación de recursos financieros.
El diputado Murga, especificó que los Consejos Comunales tendrán las funciones que la propia ley le atribuye como promotores del Poder Popular y gestores de la acción pública como entidad de gobierno y autogobierno democrático y participativo.
Sostuvo, que con la reforma a la norma se está reforzando esos conceptos y las atribuciones, lo que indica que aprobaremos un buen proyecto de ley que ha sido lo suficientemente consultado.
En cuanto a la discusión en cámara plena de esa reforma jurídica, aseguró que “estamos seguros que en este período de sesiones vamos aprobar en segunda discusión esta norma jurídica, que a juicio del legislador del PSUV, cuenta el consenso para su sanción”.
El diputado Murga refirió que incluso, la Comisión culminó el proceso sobre la elaboración del informe para su segunda discusión con la culminación del parlamentarismo social de calle y que están a la espera de lo que diga la directiva de la AN.
ABN/Antv Noticias/TMV
Con la aprobación de la Ley de Consejos Comunales, se elimina el Banco Comunal y crea la Unidad de Administración Financiera, que elimina a las cooperativas, y que las faculta para administrar en forma directa los recursos financieros que reciba el Poder Popular
La reforma de la Ley de los Consejos Comunales que estudia la Comisión del Poder Ciudadano y que está en discusión en la Asamblea Nacional (AN), le dará más atribuciones para participar en las asambleas de ciudadanas y ciudadanos, informó este lunes el diputado, Alfredo Murga, miembro del ente parlamentario.
Indicó, que hay otras atribuciones que tienen que ver con la administración de los mismos que elimina al Banco Comunal y crea la Unidad de Administración Financiera, que elimina a las cooperativas, y que las faculta para administrar en forma directa los recursos financieros que reciban los Consejos Comunales.
Comentó, igualmente, que está la reforma de todo el sistema de registro que le compete a los Consejos Comunales, agilizar los trámites, tanto del registro, como de la asignación de recursos financieros.
El diputado Murga, especificó que los Consejos Comunales tendrán las funciones que la propia ley le atribuye como promotores del Poder Popular y gestores de la acción pública como entidad de gobierno y autogobierno democrático y participativo.
Sostuvo, que con la reforma a la norma se está reforzando esos conceptos y las atribuciones, lo que indica que aprobaremos un buen proyecto de ley que ha sido lo suficientemente consultado.
En cuanto a la discusión en cámara plena de esa reforma jurídica, aseguró que “estamos seguros que en este período de sesiones vamos aprobar en segunda discusión esta norma jurídica, que a juicio del legislador del PSUV, cuenta el consenso para su sanción”.
El diputado Murga refirió que incluso, la Comisión culminó el proceso sobre la elaboración del informe para su segunda discusión con la culminación del parlamentarismo social de calle y que están a la espera de lo que diga la directiva de la AN.
ABN/Antv Noticias/TMV
ASÍ FUNCIONA UN CONSEJO COMUNAL
Funcionamiento del Consejo Comunal
Articulación de los órganos del Consejo Comunal
Los órganos Ejecutivo, de Control y Económico Financiero del Consejo Comunal, a los efectos de una adecuada articulación de su trabajo, realizarán reuniones de coordinación y seguimiento, al menos mensualmente, según los parámetros que establezca el Reglamento de la presente Ley.
Los gastos que se generen por concepto de la actividad de los voceros, voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, serán compensados por el fondo de gastos de funcionamiento del Consejo Comunal. En el Reglamento de la presente Ley se establecerán los topes máximos para cubrir dichos gastos.
Funciones de la Unidad de Contraloría Social
Son funciones del órgano de control:
Dar seguimiento a las actividades administrativas y de funcionamiento ordinario del Consejo Comunal en su conjunto.
Ejercer la coordinación en materia de contraloría social comunitaria.
Ejercer el control, fiscalización y vigilancia de la ejecución del plan de desarrollo comunitario.
Ejercer el control, fiscalización y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y seguimiento de los proyectos comunitarios.
Rendir cuenta pública de manera periódica, según lo disponga el Reglamento de la presente Ley.
Funciones de la Unidad de Gestión Finaciera
Son funciones del Banco Comunal:
Administrar los recursos asignados, generados o captados tanto financieros como no financieros.
Promover la constitución de cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno, sostenibles y sustentables.
Impulsar el diagnóstico y el presupuesto participativo, sensible al género, jerarquizando las necesidades de la comunidad.
Promover formas alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías locales.
Articularse con el resto de las organizaciones que conforman el sistema microfinanciero de la economía popular.
Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía popular y solidaria.
Rendir cuenta pública anualmente o cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Prestar servicios no financieros en el área de su competencia.
Prestar asistencia social.
Realizar la intermediación financiera.
Rendir cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales anualmente o cuando este así lo requiera.
Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.
Funciones del Órgano Ejecutivo
El Consejo Comunal a través de su órgano ejecutivo tendrá las siguientes funciones:
Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Articular con las organizaciones sociales presentes en la comunidad y promover la creación de nuevas organizaciones donde sea necesario, en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral, sostenible y sustentable de las comunidades.
Elaborar planes de trabajo para solventar los problemas que la comunidad pueda resolver con sus propios recursos y evaluar sus resultados.
Organizar el voluntariado social en cada uno de los comités de trabajo.
Formalizar su registro ante la respectiva Comisión Presidencial del Poder Popular.
Organizar el Sistema de Información Comunitaria.
Promover la solicitud de transferencias de servicios, participación en los procesos económicos, gestión de empresas públicas y recuperación de empresas paralizadas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y participar en los procesos de consulta en el marco del parlamentarismo social.
Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial de la nación.
Elaborar el Plan de Desarrollo de la Comunidad a través del diagnóstico participativo, en el marco de la estrategia endógena.
Las demás funciones establecidas el Reglamento de la presente Ley y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Articulación de los órganos del Consejo Comunal
Los órganos Ejecutivo, de Control y Económico Financiero del Consejo Comunal, a los efectos de una adecuada articulación de su trabajo, realizarán reuniones de coordinación y seguimiento, al menos mensualmente, según los parámetros que establezca el Reglamento de la presente Ley.
Los gastos que se generen por concepto de la actividad de los voceros, voceras y demás integrantes de los órganos del Consejo Comunal, serán compensados por el fondo de gastos de funcionamiento del Consejo Comunal. En el Reglamento de la presente Ley se establecerán los topes máximos para cubrir dichos gastos.
Funciones de la Unidad de Contraloría Social
Son funciones del órgano de control:
Dar seguimiento a las actividades administrativas y de funcionamiento ordinario del Consejo Comunal en su conjunto.
Ejercer la coordinación en materia de contraloría social comunitaria.
Ejercer el control, fiscalización y vigilancia de la ejecución del plan de desarrollo comunitario.
Ejercer el control, fiscalización y vigilancia del proceso de consulta, planificación, desarrollo, ejecución y seguimiento de los proyectos comunitarios.
Rendir cuenta pública de manera periódica, según lo disponga el Reglamento de la presente Ley.
Funciones de la Unidad de Gestión Finaciera
Son funciones del Banco Comunal:
Administrar los recursos asignados, generados o captados tanto financieros como no financieros.
Promover la constitución de cooperativas para la elaboración de proyectos de desarrollo endógeno, sostenibles y sustentables.
Impulsar el diagnóstico y el presupuesto participativo, sensible al género, jerarquizando las necesidades de la comunidad.
Promover formas alternativas de intercambio, que permitan fortalecer las economías locales.
Articularse con el resto de las organizaciones que conforman el sistema microfinanciero de la economía popular.
Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra iniciativa que promueva la economía popular y solidaria.
Rendir cuenta pública anualmente o cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Prestar servicios no financieros en el área de su competencia.
Prestar asistencia social.
Realizar la intermediación financiera.
Rendir cuenta ante el Fondo Nacional de los Consejos Comunales anualmente o cuando este así lo requiera.
Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.
Funciones del Órgano Ejecutivo
El Consejo Comunal a través de su órgano ejecutivo tendrá las siguientes funciones:
Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Articular con las organizaciones sociales presentes en la comunidad y promover la creación de nuevas organizaciones donde sea necesario, en defensa del interés colectivo y el desarrollo integral, sostenible y sustentable de las comunidades.
Elaborar planes de trabajo para solventar los problemas que la comunidad pueda resolver con sus propios recursos y evaluar sus resultados.
Organizar el voluntariado social en cada uno de los comités de trabajo.
Formalizar su registro ante la respectiva Comisión Presidencial del Poder Popular.
Organizar el Sistema de Información Comunitaria.
Promover la solicitud de transferencias de servicios, participación en los procesos económicos, gestión de empresas públicas y recuperación de empresas paralizadas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y participar en los procesos de consulta en el marco del parlamentarismo social.
Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial de la nación.
Elaborar el Plan de Desarrollo de la Comunidad a través del diagnóstico participativo, en el marco de la estrategia endógena.
Las demás funciones establecidas el Reglamento de la presente Ley y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Consejos comunales aportan ideas
Consejos Comunales aportan ideas para Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno
San Juan de los Morros, 09 Nov. ABN.- Consejos comunales del municipio Juan Germán Roscio, estado Guárico, ofrecieron aportes al proyecto de Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, a través de mesas de trabajo organizadas y dirigidas por diputados a la Asamblea Nacional mediante el parlamentarismo social de calle.
La actividad se desarrolló en la sede del Consejo Legislativo de Guárico y contó con la presencia de representantes de unos 30 consejos comunales, quienes conocieron en profundidad el contenido de cada uno de los artículos de este nuevo instrumento jurídico y presentaron sus propuestas.
Juan Marín, diputado a la Asamblea Nacional por Guárico, explicó que el proyecto de ley, que consta de unos 30 artículos, ya fue aprobado en primera discusión y destacó que actualmente se encuentra en las comunidades para su discusión y para la incorporación de nuevos elementos.
“Durante las mesas de trabajo los consejos comunales se familiarizaron con la ley y conocieron qué es el Consejo Federal de Gobierno, cuál es su estructura y cuáles serán sus funciones”, dijo.
Marín recordó que de acuerdo con el artículo 13 del proyecto de ley se incorporará al poder popular al Consejo Federal de Gobierno y de ahí la importancia de que las comunidades se familiaricen con este instrumento.
Añadió que para finales de esta semana esta ley debe estar aprobada y resaltó que otra de las leyes que complementará esta iniciativa será la reforma a la Ley de los Consejos Comunales, que también será consultada en el estado Guárico.
Entretanto, la representante del consejo comunal del sector Las Mercedes de San Juan de los Morros, Digna Pereira, resaltó que una de las propuestas presentadas ante la Asamblea Nacional fue la referida a la incorporación de los consejos comunales a la estructura del Consejo Federal.
“Teníamos una inquietud en relación con el artículo 19, ya que en él no se nombra al vocero comunal como parte de la estructura del Consejo Federal y por ello estamos proponiendo que se incluya, en aras de garantizar la participación protagónica de las comunidades”, comentó.
San Juan de los Morros, 09 Nov. ABN.- Consejos comunales del municipio Juan Germán Roscio, estado Guárico, ofrecieron aportes al proyecto de Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, a través de mesas de trabajo organizadas y dirigidas por diputados a la Asamblea Nacional mediante el parlamentarismo social de calle.
La actividad se desarrolló en la sede del Consejo Legislativo de Guárico y contó con la presencia de representantes de unos 30 consejos comunales, quienes conocieron en profundidad el contenido de cada uno de los artículos de este nuevo instrumento jurídico y presentaron sus propuestas.
Juan Marín, diputado a la Asamblea Nacional por Guárico, explicó que el proyecto de ley, que consta de unos 30 artículos, ya fue aprobado en primera discusión y destacó que actualmente se encuentra en las comunidades para su discusión y para la incorporación de nuevos elementos.
“Durante las mesas de trabajo los consejos comunales se familiarizaron con la ley y conocieron qué es el Consejo Federal de Gobierno, cuál es su estructura y cuáles serán sus funciones”, dijo.
Marín recordó que de acuerdo con el artículo 13 del proyecto de ley se incorporará al poder popular al Consejo Federal de Gobierno y de ahí la importancia de que las comunidades se familiaricen con este instrumento.
Añadió que para finales de esta semana esta ley debe estar aprobada y resaltó que otra de las leyes que complementará esta iniciativa será la reforma a la Ley de los Consejos Comunales, que también será consultada en el estado Guárico.
Entretanto, la representante del consejo comunal del sector Las Mercedes de San Juan de los Morros, Digna Pereira, resaltó que una de las propuestas presentadas ante la Asamblea Nacional fue la referida a la incorporación de los consejos comunales a la estructura del Consejo Federal.
“Teníamos una inquietud en relación con el artículo 19, ya que en él no se nombra al vocero comunal como parte de la estructura del Consejo Federal y por ello estamos proponiendo que se incluya, en aras de garantizar la participación protagónica de las comunidades”, comentó.
jueves, 5 de noviembre de 2009
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